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Escribe
el especialista en temas judiciales de la BBC, Joshua Rozemberg.
Es fácil olvidar que la primera vuelta favoreció al general Pinochet.
En octubre de 1998 el Jefe del Tribunal Supremo, Lord Bingham, dictaminó
que "en su calidad de ex mandatario, Augusto Pinochet tenía derecho
a la inmunidad de los procesos civiles y criminales en los tribunales
ingleses".
En su opinión, y la de los otros dos jueces que deliberaron con
él en la Corte Superior, "un ex jefe de Estado claramente tiene
derecho a inmunidad en relación a delitos cometidos en el curso
de ejercer sus funciones públicas".
Pero, ¿cuáles eran las "funciones públicas" del general Pinochet?
Entre ellas no se podría incluir el disparar contra su jardinero
en un arrebato de furia, por ejemplo.
Sin embargo, el abogado Alun Jones, en representación del fiscal
español que buscaba la extradición del general, argumentó que éstas
tampoco incluian los crímenes contra la humanidad: delitos tales
como genocidio, tortura, toma de rehenes y otros, que no se compadecen
con ninguna idea de moralidad.
Estableciendo límites
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| Lord
Bingham dictaminó que Pinochet tenía derecho a
la inmunidad. |
Lord
Bingham estuvo dispuesto a conceder que este argumento tenía "algún
atractivo". Pero lo rechazó planteando la interrogante: ¿hasta dónde
se puede llegar?
La Cámara de los Lores dio la respuesta. En noviembre de 1998, los
lores de la ley fallaron, por una mayoría de tres contra dos, que
la inmunidad de estado solamente se aplica a acciones que el derecho
internacional reconoce como acciones que caen dentro del ámbito
de las funciones de un jefe de Estado.
Los lores Nicholls y Steyn dijeron que entre esas acciones no figuran
ni la tortura ni la toma de rehenes.
Lord Hoffman estuvo de acuerdo con ellos, lo que significó que el
general Pinochet podía ser extraditado a España para enfrentar un
juicio por esos cargos.
En su discurso, Lord Steyn se mofó de la conclusión de Lord Bingham,
quien dijo que no había límites que establecer, que la tortura cabía
dentro de las funciones oficiales de un jefe de Estado.
Según esto, el plan de Hitler de exterminar a los judíos de Europa,
la llamada " solución final", habría sido legal.
La prensa se preguntó por qué Lord Hoffman sólo había expresado
su acuerdo con los otros dos jueces en vez de redactar su propio
discurso (el nombre que se le da a los veredictos en la Cámara de
los Lores). Unos días después surgió una posible respuesta.
El caso Hoffman
Resultó que el lord juez fue presidente y director de Amnesty International
Charity Limited, una empresa con estrechos vínculos con la organización
defensora de derechos humanos, Amnistía Internacional.
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| Los
vínculos de Lord Hoffman con Amnistía Internacional
condujeron a la revisión del caso. |
Lo
que no habría significado nada especial, de no ser por el hecho
de que se había concedido permiso a Amnistía Internacional para
participar en la audiencia anterior ante Lord Hoffman y los otros
lores jueces. De forma inusual, se permitió que los abogados de
Amnistía intervinieran en la audiencia.
Aunque la posición de Amnistía era que los responsables de violaciones
de los derechos humanos en Chile debían ser llevados a la justicia,
no se sugirió que Lord Hoffman estuviera predispuesto contra Pinochet.
Pero él tenía "un interés en el resultado del proceso" (según
Lord Goff) y estaba, de hecho, "actuando como juez en su propia
causa" (según Lord Hope).
Lord Hutton dijo que "si se permite ese fallo, se debilitaría la
confianza pública en la integridad de la administración de la justicia".
Los lores jueces estuvieron de acuerdo en que Lord Hoffmann había
ejercido su labor mientras estaba descalificado para ella y ordenaron
que se efectuara una nueva audiencia.
El caso Hoffman debe haber perjudicado bastante la reputación internacional
de la justicia británica. Lord Hoffman nunca dio explicaciones y
nunca se disculpó.
Se establece un precedente legal
El general Pinochet salió un poco mejor de la tercera ronda del
proceso judicial. Los lores jueces decidieron que solamente podía
ser extraditado por cargos de tortura relacionados con el período
posterior al 8 de diciembre de 1988.
En esa fecha el gobierno británico había ratificado un acuerdo internacional
que establecía que haber cometido actos de tortura en el extranjero
era delito en el Reino Unido.
Como el general había dejado la presidencia de Chile en 1990, este
fallo no cubría muchas de las acusaciones de tortura, aunque posteriormente
se agregaron otras.
Pero el principio seguía tan fuerte como siempre. Pinochet no podía
reclamar inmunidad absoluta.
Por una mayoría de seis a uno, esa vez los lores jueces dijeron
que un ex jefe de Estado no podía escapar de la responsabilidad
de haber cometido un delito internacional. Y la tortura, dijeron,
es un delito internacional donde quiera haya ocurrido.
Y circuló la voz. Los ex dictadores ya no pueden viajar con la misma
seguridad que antes. Quizá el general Pinochet se haya salvado de
la extradición pero incluso ex jefes de Estado acusados de crímenes
graves saben que deberán ahora responder por sus acciones.
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